La ley 160 de 1994 en su capítulo XIII establece las Zonas de Reserva Campesina (ZRC) como figura destinada a fomentar y estabilizar las economías campesinas de los colonos, así como a evitar la concentración de la propiedad territorial. El Decreto 1777 de 1995 puntualiza el objeto de estas zonas, definiendo que estas se proponen “(…) fomentar y estabilizar la economía campesina, superar las causas de los conflictos sociales que las afecten y, en general, crear las condiciones para el logro de la paz y la justicia social en las áreas respectivas.”