"Diligencia que se practica en la instrucción o como prueba en el acto del juicio oral, de carácter extraordinario, para confrontar los testimonios o declaraciones vertidos en el proceso por los testigos o los imputados, cuando se han producido divergencias o contradicciones entre sus manifestaciones, a fin de aclarar dichas discordancias. Se recurre a ella cuando no existe otro medio de averiguar la existencia de delito o la culpabilidad de alguno de los acusados. Se practica ante el juez, quien les pondrá de manifiesto las contradicciones" (RAE. Diccionario panhispánico del español jurídico, 2023).